COMUNICADO IMPORTANTE PARA TODOS NUESTROS COLEGIADOS

COMUNICADO

A todos los Contadores Públicos y Auditores debidamente colegiados para el ejercicio de la profesión, así como los Peritos Contadores que trabajan en sus respectivos Despachos, se les recuerda que dentro de las disposiciones contenidas en el Acuerdo del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT- No. 8-2010 de fecha 29 de junio del 2010 “Disposiciones Administrativas sobre las funciones y responsabilidades de los Peritos Contadores inscritos ante la SAT”, vigente a partir del 6 de enero de 2011, deben actualizar su registro ante dicha entidad a más tardar el día 6 de enero de 2012.

Para el efecto, los CPA`s deberán cumplir con los requisitos siguientes:

  1. Presentar debidamente lleno el formulario SAT 34 “solicitud de inscripción o actualización en el Registro de Peritos Contadores y Auditores”.
  2. Original (en buen estado) y fotocopia simple (legible y completa) del documento de identificación: Cédula de vecindad, documento personal de identificación (DPI); o pasaporte en caso de ser extranjero.
  3. Original de constancia de carencia de antecedentes penales, extendida dentro de los seis meses anteriores a la fecha en que se presenta la solicitud, o constancia de no haber sido condenado por delitos contra la fe pública o contra el patrimonio.
  4. Original (en buen estado) y fotocopia simple (legible y completa) de la constancia de colegiado activo en cualquiera de los Colegios de Profesionales relacionados con la profesión de Contador Público y Auditor.
  5. Original y fotocopia de documentos con los cuales se demuestre la propiedad, el uso o el arrendamiento del inmueble que consignó como domicilio fiscal o donde prestará sus servicios.

NOTA

Previo a realizar la gestión, se le recuerda verificar lo siguiente:

a)      Que la información indicada en el formulario SAT 34 coincida con la información del Registro Tributario Unificado, de lo contrario, previo a presentar la solicitud, deberá actualizar sus datos.

b)      Hasta el 2 de enero de 2013 se aceptará certificación o constancia del registro de asiento de cédula de vecindad, emitida por el Registro Nacional de Personas, para los casos en que no posean cédula de vecindad, por motivo de robo, pérdida o deterioro de la misma y se encuentre en trámite la solicitud del DPI.

c)       Asegurarse que cuando se inscribió ante el RTU señaló una dirección electrónica, de lo contrario deberá actualizar datos incluyendo esta dirección.

Les recomendamos leer detenidamente el Acuerdo en referencia para la actualización y/o registro de los Peritos Contadores que laboran en su Despacho y evitarse inconvenientes.

Es importante manifestarles que la Superintendencia de Administración Tributaria ya está solicitando este requisito para todos los Contadores Públicos y Auditores y Peritos Contadores que se presentan en las Agencias de esa entidad, a realizar gestiones en representación de los contribuyentes, derivado de su reciente inclusión dentro de las personas autorizadas a realizar las mismas, tal y como se informara a ustedes en una circular reciente del Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Guatemala.

Atentamente,

JUNTA DIRECTIVA

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